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COMPAÑIAS O SOCIEDADES DE COMERCIO

 

DEFINICIÓN

 De acuerdo al Código de Comercio en su artículo 200, las compañías o sociedades de comercio “son aquellas que tienen por objeto una o más actos de comercio”, y se rigen por los convenios de las partes, por disposiciones del Código de Comercio y por las del Código Civil.

 CARACTERISTICAS 

 1.- Supone un contrato, o sea un acuerdo de voluntades entre varias personas.

2.- El contrato es bilateral o plurilateral, es decir, dos o más partes se imponen obligaciones recíprocas

3.- Es oneroso, porque las personas que contratan deben contribuir con bienes como dinero, cosas, el propio trabajo o industria.

4.- Busca la realización de un fin común es decir, la derivación de beneficios en dinero u otra ventaja, que aumente el patrimonio de los socios o ayude a disminuir los gastos.

5.- Que exista la intención de los contratantes de participar activamente en la sociedad.

  TIPOS 

  En Nombre Colectivo

      Se limita a señalar que es aquella “en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de todos los socios”; la Ley General de Sociedades Mercantiles de México la define “es la que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden de modo subsidiario e ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales”; para el español, aquella “que todos los socios en nombre colectivo y bajo una razón social, se compromete a participar en la proporción que establezcan en los mismos derechos y obligaciones”

       Compañías en Comandita

La Compañía en Comandita es aquélla en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de uno o más socios, llamados socios solidarios o comanditantes, y por la responsabilidad limitada a una suma determinada de uno o más socios, llamados comanditarios. El capital de los comanditarios puede estar dividido en acciones”.

Se define a esta sociedad como aquélla “que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones”.

Tipos de Compañías en Comandita

1.      La Comandita Simple

2.      La Comandita por Acciones

           Compañía o Sociedad Anónima

El Código de Comercio Venezolano en su artículo 201, ordinal 3º, se limita a señalar que es aquélla “en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no están obligados sino por el monto de su acción”.

“Es una sociedad mercantil con denominación de capital fundacional divido en acciones, cuyos socios limitan su responsabilidad al pago de las mismas.

 Sociedad de Responsabilidad Limitada

El Código de Comercio Venezolano en su Artículo 201, ordinal 4º, define a la sociedad de responsabilidad limitada, como aquella “en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado, dividido en cuotas de participación, las cuales no podrán estar representadas en ningún caso por acciones o títulos negociables”.